Si, a lo largo del año 2018, obtuvo ingresos de rentas de inmuebles y no emitió el correspondiente recibo, a través del Portal de las Finanzas, está obligado a entregar la declaración anual de rentas en enero.

Por regla general, todos los arrendadores están obligados a emitir sus recibos a través del Portal de las Finanzas, pero hay algunas excepciones, como:

  • Arrendadores que no estén obligados a tener un buzón de correo electrónico; o
  • Arrendadores que, a 31 de diciembre del año anterior, tengan una edad igual o superior a 65 años; o
  • Cuando el año anterior el valor de las rentas no sea superior a 871,5 euros; o
  • Al no haber obtenido ingresos durante el año anterior, no prevén superar ese valor (871,5 euros) en el año corriente.

Los arrendadores que, de acuerdo con las excepciones indicadas, estén desobrigados a emitir el recibo electrónico, tienen obligatoriamente que entregar, hasta el 31 de enero, la declaración anual de rentas (modelo 44), para declarar y discriminar los ingresos recibidos a lo largo del año.

La entrega de esta declaración podrá ser hecha en papel, directamente en las ventanillas de los servicios de finanzas, o por internet, a través del Portal de Finanzas.

Sin embargo, deberá tener siempre en cuenta la comunicación previa del contrato de arrendamiento.

Se pretende que, con la entrega de esta declaración, identifique el arrendador del inmueble, así como el arrendatario y los rendimientos obtenidos de:

  • Arrendamiento;
  • Subarrendamiento;
  • Caución, anticipos o reembolsos;
  • Cedencia de uso de un edificio o parte de él;
  • Alquiler de maquinaria y mobiliario.

En el momento de la entrega de su declaración, deberá prestar atención a:

  • Si el inmueble se encuentra en copropiedad, cada propietario deberá indicar en la declaración sólo la cuota que le corresponde;
  • Si los propietarios del inmueble constituyen una pareja (con derecho de propiedad común sobre el inmueble), cada uno tendrá que entregar su propia declaración;
  • En lo que se refiere a las herencias indivisas, el jefe de pareja (administrador de herencia) debe presentar su declaración así como los demás herederos y, respetando el párrafo anterior, los respectivos conjugues.

Si desea apoyo en la entrega de su declaración, póngase en contacto con nosotros!



Algunas de nuestras últimas noticias

El Sistema de Incentivos Fiscales para la Investigación y el Desarrollo de Empresas II, en vigor desde 2013 hasta 2020, tiene como objetivo apoyar las actividades de investigación y desarrollo, relacionadas con...

Saber Mas
Sistema de Incentivos Fiscales - Portugal vs España

Sabía que en Portugal, los miembros de los órganos estatutarios de empresas - MOE, que desempeñan funciones no remuneradas, se quedan automáticamente...

Saber mas
Remuneración de los gerentes - ¿Cuáles son las opciones?

¡Entre los días 1 y 2 de mayo, UWU Solutions estuvo presente en Accountex 2019! Accountex es el...

Saber mas
UWU Solutions en Accountex 2019

El régimen de Residente no habitual le permite disfrutar de un conjunto de beneficios durante un período de 10 años. Esencialmente, tenemos...

Saber mas
Régimen Residente No Habitual - Conozca las novedades
Consulta nuestro archivo de noticias